El 1° de mayo es una fecha que es celebrada en todos los países del mundo, como Día Internacional del Trabajador,
para conmemorar un evento que significa el gran homenaje a los
trabajadores quienes son los que producen la riqueza de los empresarios,
empresas y naciones.
A pesar de las dificultades que enfrentó
el movimiento sindicalista en los últimos años del siglo XIX y primeros
del siglo XX, la batalla por los derechos de los trabajadores es un
logro irremplazable que se recuerda cada año en todo el mundo como
homenaje a sus precursores.
En la actualidad, los trabajadores están conscientes de sus derechos y obligaciones, gozan de beneficios y prestaciones, al tiempo que ofrecen resultados de sus gestiones, sea cuales sean.
La celebración del Día del Trabajador en Venezuela comenzó en Maracaibo, cuando se instituye en 1936, después de la muerte de Juan Vicente Gómez y con el gobierno de Eleazar López Contrera.
Se puede hablar del sindicalismo y del nacimiento del movimiento obrero
en nuestro país en 1936, cuando se inició una campaña de las
organizaciones políticas y del propio Presidente de la República,
guiadas a lograr la sindicalización masiva de los trabajadores, luego de
que éste, enfrentará en el inicio de su mandato, dos huelgas obreras y
una estudiantil que sacudieron al país entre 1936 y , sin mbargo no fue
sino hasta 1945, cuando el General Isaías Medina Angarita,
presidente de Venezuela, establece por decreto tal fecha como el Día
del Trabajador, trasladando su celebración del 24 de Julio fijado por el
general Eleazar López Contreras, presidente de Venezuela, según decreto
del 18 de abril de 1938.
A la Federación Obrera, se unió en 1941, la Unión Petrolera
y luego del derrocamiento del general Isaías Medina Angarita, Acción
Democrática, creó la Confederación Venezolana de Trabajadores (CTV).
Al asumir la presidencia Rómulo Betancourt en Octubre de 1945, dicta un decreto el 24 de Abril de 1946, donde establece el 1° de Mayo como día del Trabajador y se declara día feriado y de remuneración obligatoria para los
trabajadores en general, incluyendo los que realizan sus labores en la
agricultura y cría. Durante esta fecha no podrán efectuarse trabajos en
las empresas o establecimientos sometidos a la Ley del Trabajo y al
Reglamento del Trabajo en la agricultura y cría.
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